La comunidad mapuche José Calcumil Carillanca, del sector de Lago Maihue en la comuna de Futrono, emitió una declaración pública frente a lo que califican como atropellos y vulneración de derechos, respecto al cierre de playa por parte de propietarios del condominio Rio Blanco, ubicado en el sector.
El pasado 14 de enero, la comunidad realizó una acción de protesta pacífica a modo de llamado de atención a la situación mencionada, en la misma playa en la que se instaló una línea hecha de troncos a modo de cerco improvisado, y se exige la apertura de un portón que cierra el paso desde el camino principal hacia la misma playa.
En el comunicado se indica que la comunidad se ha reunido con representantes del condominio Río Blanco, pero no se ha llegado a acuerdo respecto a los puntos solicitados por, según expresan, falta de voluntad.
DECLARACIÓN PÚBLICA
Kiñe: La comunidad José Calcumil Carillanca del territorio mapuche del Puelwillimapu del Lago Maihue, extiende la siguiente declaración pública, en la cual, damos a conocer la denuncia de prohibición de acceso a playa cercana al Río Pillan Leufu (ubicado en la comuna de Futrono, región de Los Ríos) por parte del Condominio Río Blanco hacia nuestra comunidad.
Epu: Anteriormente, nos hemos manifestado de forma pacífica y reunido en dos ocasiones buscando llegar a un acuerdo con los socios(as) de dicho condominio, el cual no se ha podido concretar producto de la negativa y falta de voluntad por parte del condominio Río Blanco, liderado por su dirigente María Inés Guzmán.
Quila: Queremos informar a la opinión pública, que, la dirigente María Inés Guzmán, dio a conocer durante las reuniones que se han sostenido con nuestra comunidad, que representa un total de 26 socios, de los cuales solamente 3 son colindantes y estarían haciendo uso del camino de acceso que nuestra comunidad viene solicitando, lo cual denota una total falta de voluntad con nuestra comunidad, toda vez que este condominio, en lugar de respetar, ha hecho caso omiso respecto a lo que establece Bienes Nacionales en cuanto a la prohibición de acceso a playas.
Meli: Como comunidad ancestral queremos hacer visible el atropello y vulneración de nuestros derechos consuetudinarios establecidos en la Ley 19.643 y el convenio 169 de la OIT con respecto a nuestro derecho a la tierra y el territorio.
Quechu: Finalmente, por todos los argumentos anteriormente expresados, llamamos al criterio de las(os) propietarios del sector a tomar conciencia de la importancia de mantener el lago limpio, y no marcar divisiones en las playas a las que se debe asegurar el acceso libre, tal como la han ocupado nuestras comunidades desde tiempos inmemoriales y como también se encuentra consagrado en distintos instrumentos de derechos de pueblos indígenas.
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