Un gran paso dio la apicultura futronina este lunes 27 de julio luego que el Concejo Municipal, presidido por la alcaldesa Sarita Jaramillo, aprobara por unanimidad la modificación a la ordenanza apícola que busca reglamentar la actividad en la comuna.
En temporada estival se presentó una problemática de trashumancia, como se denomina técnicamente al traslado de colonias hacia zonas de interés, que afectó enormemente a los productores de la comuna por lo que se volvió un tema de su suma relevancia.
De esta manera, la alcaldesa encargó al organismo rural que asigne suma prioridad al requerimiento de los productores apícolas y señaló que para el municipio es una gran preocupación la situación que deben enfrentar los productores locales, más aún en verano. También recalcó que el compromiso es hacer cumplir la nueva ordenanza y las medidas correctivas solicitadas por los productores.
RESTRICCIÓN A TRASHUMANTES
El concejal Fernando Flández lo catalogó de “histórico”, ya que Futrono se convierte en una más de las comunas que dará la “pelea” a los trashumantes. “Los productores externos ocasionan graves daños a los productores de miel, no sólo en la comuna sino que en toda la región y son pocas las comunas que logran tener una ordenanza y una política de fiscalización”, recalcó el concejal.
El encargado del Departamento Desarrollo Rural, Fernando Yáñez, señaló que “en virtud de dar cumplimiento al compromiso adquirido por nuestra alcaldesa nuestro departamento realizó y seguirá realizando un arduo trabajo, en primera instancia para crear los instrumentos que van a hacer operativa esta nueva ordenanza. Claramente seguiremos comprometidos con la difusión y puesta en marcha de este nuevo instrumento jurídico”, señaló.
Tras un arduo trabajo, en conjunto con los apicultores, se consideraron modificaciones de carácter conceptual, siendo la más importante, el establecimiento de un radio de resguardo de tres kilómetros entre un productor establecido y un trashumante. Además de modificar las sanciones por incumplimiento que van desde 1 UTM hasta 5 UTM y, en caso de reincidencia, la multa no podrá ser inferior al doble de la multa aplicada a la infracción anterior.
Para la ejecución de ésta ordenanza, se consideró un proceso de marcha blanca equivalente a 60 días, tiempo en el que se hará pública por diferentes medios de comunicación.
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