Una serie de informes y diligencias solicitó este mediodía ante la Cámara Baja el diputado Bernardo Berger (RN) para que se esclarezca la relación que existiría entre el fallido Puente Cau-Cau y el Caso MOPGATE.
Durante la hora de Incidentes, los legisladores aprobaron la propuesta del parlamentario por Los Ríos en orden a requerir por oficio explicaciones al Ministerio de Obras Públicas acerca de las circunstancias administrativas, técnicas y jurídicas que llevaron a que en diciembre de 2007 se obviaran los impedimentos contemplados en la Ley de Compras Públicas y en otros preceptos legales, para adjudicar el diseño de ingeniería de detalle a la consultora CYGSA SA, pese a que la firma había sido condenada cinco meses antes por la jueza Ana Gloria Chevesich por delitos considerados de corrupción.
La Sala también se dio luz verde hoy para adjuntar los nuevos antecedentes a la carpeta investigativa que lleva la Contraloría General de la República en este caso, y que se indaga a solicitud del diputado Berger desde marzo de 2014.
El contrato “Estudio Diseño Ingeniería de Detalle para la construcción del Puente Cau-Cau y sus Accesos” (cód. MOP N° 126506) se ratificó mediante resolución N°1.029 del 28 de diciembre de 2007. Cygsa en tanto, había sido condenada al pago de 40 millones de pesos poco antes, en julio de ese mismo año, por la octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago tras comprobarse delitos de ocimas y sobresueldos a funcionarios de la repartición.
A juicio el legislador, costaría entender cómo es que la empresa siguió en los registros del MOP después de comprobado y sentenciado el delito, más cuando ya estaba vigente la Ley de Compras Públicas.
“Llama a la atención que se le haya entregado el diseño precisamente a esta consultora, más cuando también había condenas a funcionarios del MOP por exacción ilegal, como consta en tribunales; pero más extraña que este antecedente no haya sido expuesto por el MOP en todo este tiempo”, dijo.
Agregó Berger durante su intervención que “este hecho no es menor, y si se hubiera expuesto antes habría ayudado a comprender hace mucho el contexto en que se diseñó el viaducto, y entender por qué finalmente se recibió un diseño incompleto, con serios vacíos y fallas, tal como evidencian hoy los estudios post desastre”.
El 2007
Los hechos referidos por el diputado Berger se remontan a julio de 2007, cuando la ministra titular de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Ana Gloria Chevesich, condenó a Cygsa SA al pago de 40 millones de pesos, tras haberse comprobado el delito de coimas y pagos de sobresueldos para obtener adjudicaciones en esa cartera, a partir de hechos que venían siendo investigados desde el año 2004.
Al respecto, el diario El Mercurio consignaba en su edición del 23 de septiembre de 2012 que en la arista que se conoció como MOP-Cygsa “en febrero de 2004 se investigó el pago de sobresueldos a funcionarios públicos –entre ellos, al ex jefe de gabinete de (Ricardo) Lagos, Enrique Paris- a través de la empresa consultora Cygsa. Se condenó al ex coordinador de Desarrollo y Gestión de Proyectos de Concesiones (del MOP) Julio Toro, a cargo del proyecto Costanera Norte. La causa está cerrada”.
En el mismo proceso, se dictó una condena de 541 días de inhabilitación temporal para cargos y oficios públicos en contra de Toro, bajo la figura de exacción ilegal, esto es, pedir dinero siendo funcionario público. Y pese a que la Ley de Compras Públicas ya estaba vigente en ese entonces, el Mop no habría inhabilitado a Cygsa para postular a posteriores licitaciones estatales.
Cinco meses después que la justicia condenara a Cygsa y a los funcionarios del MOP involucrados en la artista, la cartera adjudicó el estudio de ingeniería de detalle para la construcción del Puente Cau-Cau y sus Accesos al cuestionado consorcio mediante la resolución N° 1.029 del 28 de diciembre de 2007, por la suma original de 555 millones 690 mil pesos, que luego tuvo un incremento a 626 millones 721 mil pesos. En abril de 2008 el MOP ratificaba y publicaba en su sitio web el contrato respectivo (Cod. contrato 126506).
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