A 13 de julio del 2016 la Ilustre Municipalidad de Futrono manifiesta en esta declaración pública el rechazo a la instalación de la piscicultura Calcurrupe que a juicio de este municipio y del comité evaluador a nivel regional, debió haber ingresado al sistema evaluación ambiental mediante un estudio de impacto ambiental.
Desde que este proyecto ingresó a evaluación y de acuerdo a las competencias y facultades que estable la normativa ambiental, la alcaldesa ha manifestado su rechazo a través de las observaciones realizadas a la DIA y a las 3 adendas en el proceso de evaluación ambiental y mediante acciones sociales, como fueron reuniones informativas realizadas el año 2013 y oficios enviados al SEA manifestando el desacuerdo a la aprobación.
Los antecedentes del proyecto son los siguientes:
- 14 de junio de 2011, Agrícola Sichahue Ltda. presentó ante el SEA de Los Ríos, una DIA para el proyecto “Piscicultura Río Calcurrupe”.
- 11 de junio de 2012, la Comisión de Evaluación de los Ríos calificó desfavorablemente el proyecto de piscicultura. Según su opinión la iniciativa requería de un EIA, por cuanto se generaban los efectos, características y circunstancias establecidas en el literal e) del artículo 11 de la Ley N° 19.300. (Resolución Exenta N°53).
- 25 de julio de 2012, el titular interpuso ante la Dirección Ejecutiva del SEA un recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta N° 53.
- 14 de agosto de 2013, el entonces director ejecutivo del SEA, Ignacio Toro Labbé, resolvió acoger el recurso y calificar favorablemente la DIA (Resolución Exenta N°725).
- 2 de octubre de 2013, Marila Castillo Pitripan, José Sorto Leguey, José Gómez Huenupan y Pedro Huenulef Oporto, interpusieron ante el Tribunal Ambiental de Santiago una reclamación en contra de la Resolución Exenta Nº 725 del SEA.
- 11 de noviembre de 2013, el Tribunal Ambiental de Santiago acogió el recurso, caratulando la causa bajo el Rol R N°16-2013.
- 30 de diciembre de 2013, Agrícola Sichahue Limitada –titular del proyecto- junto con hacer presente sus argumentos, solicitó hacerse parte como Tercero Coadyuvante del reclamado, lo que fue acogido por el Tribunal el 13 de enero de 2014.
- 19 de marzo de 2014 se realizó la vista de la causa, alegaron los abogados, Fernando Maturana Crino, por el reclamante; Sebastián Riestra López, por el reclamado, y Ronald Schirmer Prieto, por el tercero coadyuvante.
- El 19 de junio de 2014 la causa quedó en estado de acuerdo.
- 13 de agosto de 2015, Luis Fernando Maturana Crino interpuso ante el director ejecutivo del SEA una solicitud de invalidación en contra de la resolución que aprobó la piscicultura, solicitando su invalidación.
- 30 de septiembre de 2015, el SEA decidió no admitir a trámite la invalidación solicitada, por haber vencido el plazo para ejercer dicha acción. Res. Ex. N° 1307/2015.
- 12 de noviembre 2015, Luis Fernando Maturana Crino interpuso una reclamación ante el Tribunal Ambiental de Santiago en contra de la Res. Ex. N° 1307/2015 del Director Ejecutivo del SEA.
- 18 de noviembre de 2015 el Tribunal admitió a trámite la reclamación, bajo el rol R-87-2015.
- El 17 de junio el Tribunal Ambiental de Santiago rechazó la reclamación interpuesta en contra de la resolución que calificó favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Piscicultura Río Calcurrupe”, en la Región de Los Ríos, y ligada a la empresa Agrícola Sichahue Ltda.
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