Más barato, dulzón y popular. Esas son las características que el común de chilenos asignan al “pipeño”, un brebaje alcohólico de origen campesino y que desde ahora tiene reconocimiento oficial.
Parecido pero no igual al vino. El pipeño -conocido igualmente como vino de uvas de parrón-, es un producto vitivinícola tradicional chileno, de fabricación artesanal, nacido de cepas no nobles que se fermenta o almacena en pipas de raulí.
A diferencia de los vinos tradicionales, el pipeño no se identifica con la cepa o su lugar de procedencia.
Una cuba de madera dispuesta en forma vertical u horizontal con aspecto de "pipa", se fabrica en Chile desde el siglo XVIII. Esta envejece, fermenta y oxigena brevemente este brebaje, que es ideal para tomarse solo o como base para combinaciones típicas criollas como el tradicional “terremoto”.
Con la idea de impulsar la agricultura familiar campesina (AFC), el Servicio Agrícola y Ganadero reconoció este miércoles al pipeño, al ingresarlo a su registro de bebidas alcohólicas como una de las que son producidas en territorio nacional y que poseen características propias que lo diferencian del vino.
De esa forma, las bebidas que cumplan con las características del pipeño, podrán ser inscritas bajo esta denominación entre Maule, Ñuble y Biobío.
A partir de esta medida el SAG reconoce la clasificación de “Pipeño” a las bebidas alcohólicas elaboradas a partir de la fermentación alcohólica parcial del mosto de uvas frescas, preparado mediante prácticas enológicas autorizadas, producido con uvas de variedades viníferas, con una graduación alcohólica total de al menos 11,5°, y un contenido de acidez volátil inferior a 1,5 g/L expresado en ácido acético.
Debe ser producido y envasado por personas naturales o jurídicas pertenecientes al segmento de la agricultura familiar campesina o cooperativas integradas por éstas. Su comercialización debe ajustarse en unidades de consumo.
Quienes produzcan “Pipeño”, deberán comunicar al SAG el volumen del producto elaborado en cada temporada para usar la denominación. la bebida no podrá ser envasada como tal hasta no contar con una calificación analítica que garantice que cumple con los requisitos para ser comercializado bajo este nombre.
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