La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la medida cautelar de prisión preventiva del cabo segundo de Gendarmería Harold Lallo Momberg Cid, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de incremento patrimonial relevante e injustificado, cohecho y apremios ilegítimos. Ilícitos perpetrados desde junio del año pasado.
En fallo unánime (causa rol 825-2020), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Soledad Piñeiro, Mario Julio Kompatzki y Samuel Muñoz– no dio lugar al recurso de apelación deducido por la defensa del imputado, que pretendía se dictara una medida cautelar de menor intensidad.
“Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimando que se cumplen en el caso los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veinte de noviembre de dos mil veinte” consigna la resolución.
Según el ente persecutor, en junio del año pasado se inició una investigación que involucra a personal de Gendarmería del penal de Llancahue y un particular en los delitos de cohecho, incremento patrimonial y apremios ilegítimos. En dicha indagatoria, se logró establecer que el cabo segundo de Gendarmería Harold Lallo Momberg Cid, el teniente Eduardo Nicolás Arriagada Arriagada, el cabo segundo Hernán Víctor Marín Millapán y su primo Sem Enoc Millapán Peña (imputado en calidad de cómplice), se concertaron para ingresar, a cambio de pagos, artículos solicitados por internos, como teléfonos celulares. Especies que eran ingresadas por el cabo segundo Marín Millapán al centro penitenciario y cuyo pago era depositado en una cuenta de Millapán Peña.
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