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Ordenan mejoras en la cárcel de Valdivia: No cumple condiciones de habitabilidad

Por Gerardo Pavez / 12 de septiembre de 2020
INDH evidenció en las celdas ausencia de luz eléctrica y agua; goteras e inundación del piso; moho y humedad; colchones en mal estado; falta de sanitización; baños y lavamanos en mal estado, entre otros aspectos.
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El Juzgado de Garantía de Valdivia acogió el recurso de amparo interpuesto por la sede regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de Los Ríos, deducido en favor de los internos habitantes del módulo 52 de la cárcel de Valdivia, con el objeto de que se revisaran las condiciones de habitabilidad en la que se encontraban estos internos y se tomaran todas las medidas necesarias para resguardar sus derechos y garantías.

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En una de sus visitas a la cárcel de Valdivia, la sede regional INDH evidenció en las celdas ausencia de luz eléctrica y agua; goteras e inundación del piso; moho y humedad; colchones en mal estado; falta de sanitización; baños y lavamanos en mal estado; daños en espacios comunes y problemas con la lavandería.

La cárcel de Valdivia tiene un sistema de administración concesionado, y los servicios son proporcionados por la empresa concesionaria Compass.

El Contrato de Concesión vincula al Ministerio de Obras Públicas (MOP), representado por el Inspector Fiscal, con la Sociedad Concesionaria, representada en cada Establecimiento Penitenciario por el Gerente de Explotación. El amparo buscó establecer las potenciales responsabilidades del MOP y Gendarmería por las condiciones de habitabilidad ya mencionadas.

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El Juez de Garantía señaló que, de la revisión de la causa, “el legítimo contradictor es la empresa concesionaria, el inspector técnico y el Ministerio de Obras Públicas (MOP)”, agregando que “las condiciones de habitabilidad no están de acuerdo con los estándares que exige el respeto de la vida e integridad física y psíquica de los internos”.

En cuanto a quién sería el responsable de las condiciones de habitabilidad de los internos, el juez de Garantía señaló que de la causa han quedado acreditado algunos hechos y entre ellos que “la responsabilidad de hacerse cargo de la administración del establecimiento recae en la empresa concesionaria y que hay una labor del inspector técnico del establecimiento que, a juicio del tribunal, ha sido deficiente”, ordenando al inspector técnico del establecimiento la acreditación de las condiciones específicas que generan el hongo, humedad, pisos inundados y goteras, además de las desperfecciones en los baños y se generan las medidas sanitarias en profundidad que le corresponde.

 

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En virtud de estos antecedentes, el Juez de Garantía acogió el recurso de amparo interpuesto por el INDH, ordenando entre otras cosas que la empresa concesionaria adopte en un plazo de 10 días, y considerando las medidas sanitarias respectivas, todas las obras necesarias para resguardar la salud de los internos, entre ellas, la limpieza profunda del penal.

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Por su parte obliga al inspector técnico del establecimiento presentar al INDH los antecedentes relativos a cuántas veces ha solicitado financiamiento adicional para reparar el penal, un registro histórico de solicitudes o aplicación de multas a la empresa concesionaria por incumplimiento y los montos de ellas; además de gestionar la reparación correspondiente, solicitando si fuere necesario financiamiento adicional en un plazo de 15 días. Por último, obligó a la coordinadora de salud y a la empresa concesionaria a conceder atención de salud y medicamentos a los internos que lo soliciten.

El último Estudio de las Condiciones Carcelarias en Chile, publicado en agosto de 2020 por el INDH, ofrece un crudo diagnóstico de la situación en la que viven las personas privadas de libertad en nuestro país. Sobrepoblación, hacinamiento, falta de acceso a agua potable, castigos extra reglamentarios y uso de celdas de aislamiento, son algunos de los hallazgos más críticos de la observación realizada por el INDH.

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