La Superintendencia de Salud falló en contra de la Clínica Alemana de Valdivia por haber exigido un pagaré al acompañante de un paciente que ingresó en urgencia vital al recinto hospitalario, en el año 2014.
La clínica Alemana de Valdivia fue sancionada bajo el cargo de “infracción a lo dispuesto en el Artículo 141, inciso penúltimo, del DFL N°1, de 2005, del Ministerio de Salud”, que dispone para los casos de emergencia o urgencia certificadas por un médico, la prohibición de exigir dinero, cheques u otros para garantizar pago.
La Superintendencia de Salud, organismo del Estado que se encarga de “proteger, promover, y velar por el cumplimiento igualitario de los derechos de las personas en salud”, resolvió acoger el reclamo y ordenó a la clínica “corregir la irregularidad cometida, mediante la devolución del pagaré obtenido ilegítimamente por las prestaciones de salud otorgadas”.
LOS HECHOS
Según consta en la resolución de la Superintendencia de Salud, los hechos se remontan al 28 de mayo del 2014, cuando Eduardo Antonio Díaz, se encontró con un amigo de un vecino suyo, quien le pidió que lo llevara a la mencionada clínica ya que se sentía mal, al punto que sufrió un desmayo en el trayecto.
Una vez en la Clínica Alemana el paciente fue reanimado, y al acompañante se le pidió que se retirara pues el paciente iba a sufrir un infarto. Tras salir, una funcionaria del recinto “le indicó que para que el paciente pudiera seguir siendo atendido, debía suscribir el ingreso, dado que él era la persona que lo había llevado; agrega que al advertirle a la funcionaria que él no era familiar del paciente, se le señaló que, entonces, no podría ser atendido, por lo que decidió entregar su cédula de identidad y firmar el pagaré correspondiente al ingreso en cuestión”. El paciente recibió el alta el 31 de mayo del 2014.
Del tema, Díaz no volvió a acordarse hasta que en el 2017 se enteró que la Clínica Alemana había interpuesto una demanda en su contra en el año 2015, por deuda registrada en dicho centro hospitalario.
Dados los antecedentes Eduardo Antonio Díaz decidió recurrir a la autoridad de salud para realizar el reclamo, dado que consideró abusivo el actuar de la clínica. Finalmente la Superintendencia de Salud favoreció su reclamo, respaldado principalmente en el hecho que la firma del pagaré se realizó “mientras el paciente cursaba una condición de urgencia vital”, por tanto la exigencia de firmar dicho documento “se enmarca dentro del tipo infraccional”.
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